Bloqueo de cuentas convierte al ciudadano en un paria económico
Buscan generar miedo, es terrorismo fiscal para que la gente no pelee por sus derechos: Roberto Gil.
Abril 2026
Redacción
“No hay suspensión, no hay un tercero imparcial, no hay un periodo de pruebas para alegatos, no hay un procedimiento en el cual tú puedas confrontar los dichos de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), las sospechas, pero mientras tanto estás bloqueado en tu cuenta”, explicó el abogado Roberto Gil Zuarth.
Durante su participación en el podcast Factor Kaiser, que conduce Max Kaiser, detalló que ya ha sido testigo del bloqueo de cuentas. “Lo he visto de manera directa, cuando te notifican del bloqueo te das cuenta porque el banco dice: usted está bloqueado ya, está bloqueado el dinero que ganaste legalmente sin conocer la causa, el motivo de la sospecha, qué es lo que vio la UIF”.
Añadió que ante esto se presenta un escrito para ejercer la facultad, el derecho de audiencia para defenderse; “al entrar a la comparecencia en la UIF, ante la misma autoridad que bloqueó el dinero, se ingresa sin teléfono celular, incomunicado y ahí el personal, el burócrata de la UIF, lee verbalmente las operaciones que encontró o que motivaron la sospecha.
Además, detalló, no se ofrece el soporte documental, es decir, no dan las pruebas y evidentemente no dicen por qué se configura la sospecha de operaciones. Es una farsa.
Agregó que, una vez que resuelven lo anterior, se debe acudir al Tribunal de Justicia Administrativa, tribunal que está integrado por magistrados designados por el presidente de la República, con mayoría del Senado, es decir, no son miembros del Poder Judicial.
En este marco, Gil Zuarth denunció que llevan siete años designando a personas afines en este tribunal, quienes tienen la clara consigna de aumentar las capacidades de recaudación y generar miedo, terrorismo fiscal, para que la gente no pelee por sus derechos y termine prácticamente siendo extorsionado formalmente a través del Servicio Tributario Mexicano.
Destacó que cuando se va al procedimiento administrativo ante el Tribunal de Justicia Administrativa se puede solicitar el amparo que, según la presidenta, se tiene que resolver en seis meses.
De ahí que, sintetizó Roberto Gil, primero se tiene que recurrir al procedimiento ordinario, ir a la UIF, quien es juez y parte, la que bloquea, para que se realice la audiencia y demás; y segundo, se tiene que realizar un recurso ordinario para, después, solicitar el amparo, es decir, en un plazo de más o menos dos años se tiene una primera sentencia de primera instancia de juicio de amparo, porque todavía faltaría la revisión.
“Como se puede apreciar, no es cierto que puedes corregir una arbitrariedad o un error de manera rápida. Mientras tanto, insisto, estás fuera de la vida económica. Eres un paria, un paria económico”.