Congelar cuentas, decisión autoritaria
Abril 2026
Redacción
“Se abre la puerta para que, con cualquier sospecha, cualquier argumento que pueda tener la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) diciendo que encontró que en unas cuentas bancarias hay un comportamiento irregular, un comportamiento atípico; basta con esa apreciación subjetiva, discrecional, sin reglas, sin mecanismos, sin una base probatoria sólida, con eso te pueden congelar tus cuentas”, opinó José Mario de la Garza, director de la Firma de Abogados Bufete de la Garza.
Como se recordará hace unos días la Suprema Corte de Justicia de la Nación autorizó que la UIF en México puede congelar cuentas bancarias sin una orden judicial previa, decisión que ha levantado infinidad de críticas por parte de ciudadanos y especialistas en el tema.
En entrevista con el periodista José Cárdenas en la cadena de noticias Radio Fórmula, el abogado precisó que con la reforma a la Ley de Amparo, realizada el año pasado, si a una persona o empresa el día de mañana la UIF, con estas facultades que ya son válidas, le congela sus cuentas bancarias, no pueden disponer de un solo peso, los recursos se congelan en los bancos.
Señaló que previo a la reforma a la Ley de Amparo y a las nuevas facultades a la UIF se podían promover demandas de amparo y se pedía una suspensión para que se hiciera un desbloqueo por parte de los jueces, quienes con base en la jurisprudencia desbloqueaban las cuentas.
Ahora, señaló Mario de la Garza, esa facultad de los jueces quedó prohibida en la Ley de Amparo, es decir, todos los jueces mexicanos no pueden desbloquear congelamiento de cuentas hechas por la UIF.